Descuento en farmacias
Seguro de Salud

Con tu Credencial Digital accedé al descuento en medicamentos en toda la red de farmacias de Swiss Medical.

Instructivo | Uso de la Credencial

Para obtener el descuento correspondiente en la compra de medicamentos debés presentar en la farmacia adherida:
• La receta emitida por tu médico.
• La Credencial Digital
• Tu DNI.

Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público vigente al día del expendio.

Advertencia al Asegurado

Este beneficio es de uso personal y exclusivo del titular de la credencial, y su utilización deberá ajustarse a las condiciones de uso establecidas en este documento, así como a las condiciones del contrato principal.
Con el objetivo de evitar el uso indebido de este beneficio y/o por fuera de las condiciones establecidas en este documento, la Compañía se reserva el derecho de realizar auditorías y/o solicitar información sobre la historia clínica del asegurado, que permitan conocer las patologías que dan origen a los consumos realizados, pudiendo proceder a la baja del beneficio en caso de detectar irregularidades.

Confección de recetas

Algunos requisitos que se deben tener en cuenta para presentar las recetas de farmacias:
• Nombre, apellido y número de Credencial del Asociado.
• Fecha de emisión.
• Detalle de los medicamentos.
• Cantidad de envases en números y letras en el caso que se trate de más de 1 (una) unidad, con un máximo de 2 (dos) unidades por producto.
• Firma del profesional y sello aclaratorio donde conste nombre y apellido, n° de matrícula nacional y/o provincial.

Exclusiones en farmacias

Las farmacias que se encuentran en cartilla harán el descuento correspondiente en todos los medicamentos incluidos en el Manual Farmacéutico, exceptuando los detallados a continuación: • Medicamentos y/o productos de venta libre.
• Pastas, polvos o líquidos dentífricos.
• Fórmulas especiales o artículos para limpiar o fijar dentaduras postizas.
• Colutorios.
• Jabones de todo tipo (aún los que contengan fórmulas medicamentosas).
• Callicidas.
• Cepillos de todo tipo.
• Productos de perfumería, tocador y belleza.
• Productos para la estética corporal.
• Vendas, gasas, alcohol, bolsas de goma y plástico, todo tipo de material descartable y accesorios para las curaciones.
• Mamaderas, pañales, sondas, etc.
• Champúes, lociones y/o productos que no contengan fórmula medicamentosa.
• Herboristería, homeopatía y recetas magistrales de todo tipo.
• Productos o sustancias alimenticias y dietéticas en general.
• Contrastes radiológicos y de diagnóstico.
• Leches comunes o maternizadas.
• Material radiactivo.
• Medicamentos importados no autorizados por Salud Pública.
• Anorexígenos.
• Medicamentos y/o accesorios para tratamiento de esterilidad.
• Productos que contengan ORLISTAT.
• Medicamentos para disfunción sexual masculina.
• Anestésicos.
• Anti tabáquicos / parches de nicotina.
• Solventes indoloros (se aceptará su prescripción sólo acompañado del correspondiente antibiótico).
• Medicamentos que se reciban libres de costos a través de los agentes de salud públicos y/o privados, en virtud de lo establecido por la normativa vigente: Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud - Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) y resoluciones modificatorias

Recordá que

• La receta debe estar confeccionada en recetarios con membrete de la institución que te brindó asistencia, o del médico que prescribe. Los recetarios no podrán ser aquellos con publicidad médica o de medicamentos.
• Puede estar escrita por el médico que prescribe de puño y letra o bien tratarse de una receta pre-impresa, pero en ambos casos deberá contener obligatoriamente la firma y sello del médico a modo de aval. Las correcciones o enmiendas deben ser realizadas por el mismo profesional no debiéndose observar, entonces, diferencias en la letra o el color y la calidad de la tinta en el caso de las recetas de puño y letra.
• Cada receta tiene 30 días corridos de validez a partir de la fecha de prescripción.
• Las recetas por las cuales se prescriben medicamentos psicotrópicos o psicofármacos deberán extenderse por duplicado, no pudiendo presentarse fotocopias.
• Cantidad de medicamentos “distintos” por receta: hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 2 (dos) envases por renglón.
• Si no se especifica el tamaño se expenderá el menor.
• Tamaño grande significa el envase siguiente al menor.